Un paso más hacia la regulación de las criptomonedas en España con la nueva ley antifraude de 11 de julio de 2021. Y no se puede hacer de manera más llamativa, obligando a declarar la tenencia de criptomonedas en determinadas circunstancias, bajo la amenaza de duras sanciones reprochables ya, desde la misma Unión Europea.
Habrá que informar sobre saldos y titulares de criptomonedas, y algo importantísimo, sobre todo tipo de operaciones que se hayan efectuado con ellas. La declaración de criptomonedas fuera de España se debe hacer en el modelo, ya conocido, para bienes y derechos en el exterior sobre la posesión de criptodivisas en el extranjero llamado modelo 720.
Por tanto, si tenemos criptomonedas guardadas en exchanges de otros países de cuantías superiores a 10.000 euros, debemos declararlas a través del mencionado modelo.
Y ojo con las sanciones en esta materia, ya que el propio texto legal especifica que «constituyen infracciones tributarias, no presentar en plazo y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas».
Las sanciones son elevadas, van desde «los 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase, que hubiera debido incluirse en la declaración, o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros».
Las declaraciones presentadas «fuera de plazo» de forma voluntaria se sancionan con menor cuantía. «La sanción es de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase, con un mínimo de 1.500 euros».
Con esto, de alguna manera, se iguala o equipara las criptomonedas con el dinero FIAT, y no deja de ser un paso más hacia una regulación de las criptomonedas en España, que se hace deseable para una realidad creciente a pasos exponenciales, guste más o menos.

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